martes, 6 de enero de 2009

MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA MAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ

HIMNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA MAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ.


CORO

Pedro Nel Gómez es ejemplo

Para todos los demás,

Aquí reina la armonía

La comprensión y la paz.

Somos el futuro de la humanidad.

Vamos a enriquecer la vida

Con justicia, trabajo y libertad.

I

La ciencia es conocimiento

Procuramos mantener

Las cosas grandes y bellas

Se logran con el saber.

Por caminos de la patria

Ha de haber gente pujante

Prometemos decididos

Seguir siempre adelante.

II

Mi emblema es la cultura

mi fortaleza el saber

La dignidad mi principio

Y mi ansia el conocer

Con virtud y entusiasmo

trabajamos siempre unidos

nuestros valores alcanzan

para el resto del camino.

III

Oh insigne Institución

Donde alegría encontré

Abrigo dulce que al ocio

No deja entrar en mi ser.

El deporte es disciplina

El arte es un sentimiento,

Me enseñan a amar la vida

a cantar con emoción.

BANDERA DE LA INSTITUCION EDUCATIVAMAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ


La bandera enmarca la obra del Maestro Pedro Nel Gómez en toda su plenitud.

Diseñada en un rectángulo que a su vez está dividido en tres partes, así:

Parte superior con el color ocre, el cual simboliza nobleza, riqueza, poder, luz, constancia, sabiduría y fuerza.

Parte inferior con el color verde, que simboliza la esperanza y la abundancia de una Antioquia grande que con su exuberante topografía se ve representada en todas las obras del maestro Pedro Nel Gómez, siendo sinónimo de vida, plenitud y naturaleza fresca y pura.

En la base izquierda en forma de triángulo con el color rojo o gules, significa la luz, la fuerza y la energía impregnada en la vida cotidiana del Maestro. El triángulo significa su sabiduría, ya que fue un insigne: humanista, urbanista, muralista, pintor y escultor.

Los tres colores de la bandera: rojo, ocre y verde fueron el resultado de la combinación de colores utilizados en el escudo y han sido fundamentales en las obras del Maestro, especialmente en sus murales.

EL ESCUDO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ.


En la parte superior del Escudo, el átomo símbolo universal del conocimiento científico se confunde con el sol que ilumina todo el escudo simbolizando la unidad entre naturaleza y sabiduría. El sol significa además unidad, claridad, verdad, abundancia y riqueza.

La figura humana está en actitud de saltar o elevarse simbolizando así nuestras ansias de progresar, proyectarnos y crecer en una libertad que nos permita responder. La mirada al cielo representa al hombre que se eleva por encima de las dificultades, que tiene ideales altruistas y ansias de progreso.

El brazo en alto es símbolo de fortaleza, la mano abierta significa prodigalidad, los cinco dedos de la mano representan las cinco virtudes que la institución Educativa ofrece en su aspecto formativo, como son: honestidad, sencillez, solidaridad, decisión y constancia.

La pierna con músculos y pie firme, significa la constancia y la firmeza que debemos poner en nuestras acciones.

Esta figura va elaborada en oro significando la luz y el poder del hombre; el Maestro Pedro Nel Gómez, rindió a través de su obra amplio homenaje a los mineros antioqueños y a esta región como primer productor de oro del país.

Las alas abiertas en actitud de emprender el vuelo, sobre las que descansa la figura humana simbolizan nuestro deseo de aprender, de salir adelante, de ir más allá de lo simple y lo cotidiano.

9.1 DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ


ARTÍCULO 1. Justificación. El presente Manual de Convivencia, está enmarcado en lo dispuesto por la Constitución Política Colombiana de 1991, el Código del Menor, la Ley General de Educación 115 de 1994 con sus diferentes Decretos Reglamentos, Ordenanzas, Acuerdos, Circulares y Actos Individuales de la Institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

Así se definen los criterios previamente acordados en forma democrática y participativa por los diferentes miembros de la comunidad educativa, sobre comportamientos, derechos, deberes, estímulos, correctivos pedagógicos, intereses de los alumnos, docentes y padres de familia, en bien de la convivencia escolar y con el fin de clarificar la operabilidad del proceso formativo y académico de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

ARTÍCULO 2. Marco Conceptual. La institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez es una entidad de carácter oficial que ofrece una formación integral en la

educación básica secundaría y en la educación media, respetando la cultura, fomentando el conocimiento para formar líderes positivos, con capacidad de influir y actuar en su medio.

Con base en la filosofía del Maestro Pedro Nel Gómez, la comunidad educativa enfatizará sobre los siguientes componentes:

- Componente Académico: Propiciar los espacios de investigación y criticidad científica.

- Componente Formativo: Propiciar los espacios que permitan la investigación, la cultura, la práctica del deporte, el desarrollo personal sostenible.

- Componente Socioafectivo: Fundamentar el respeto por el otro, la solidaridad, la fraternidad y la sana convivencia.

- Componente Axiológico: Estimular los valores éticos, personales, sociales y democráticos.

- Tolerancia: Permite a las personas entender que cada ser humano es único irrepetible, que tiene derecho a sus propios criterios, juicios y decisiones, ya que los intereses, deseos y necesidades son particulares.

- Respeto: Sentimiento de valoración a los demás; acatar la autoridad y considerar la dignidad humana.

- Conflicto: Negociación entre partes que difieren en las formas de pensar.

- Dificultad: Oportunidad que tienen las personas para entablar diálogos para poder concertar.

- Altanería: Actitud que hace a una persona desagradable por su antipatía y hostilidad.

- Derecho: Es lo justo y lo razonable. Es un valor de convivencia fundamentado en la dignidad humana, con carácter esencial, inherente e inalienable.

- Deber: Obligación moral y jurídica que nace de la conciencia del ser, como persona sujeto de derechos.

- Norma: Pautas que facilitan el desarrollo relacionado entre las personas que interactúan dentro de una institución.

- Comportamiento: Es todo lo relacionado con la formación del pensar por si mismo a través de su conciencia ética de la comunidad educativa, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia de 1994, las Leyes y el Manual de Convivencia.

- Estímulo: Estrategia educativa que reconoce los esfuerzos de la comunidad educativa en el proceso de crecimiento integral.

- Correctivo: Mecanismo convenido a la luz de la norma del establecimiento para lograr el cambio positivo de la persona.

- Debido Proceso: Conjunto de garantías para los estudiantes que se traducen en procedimientos, instancias y competencias en aras de facilitar la defensa técnica, conforme a los principios constitucionales y legales.

- Referendo: Convocatoria que se le hace a la comunidad educativa para que apruebe o desapruebe decisiones institucionales.

- Plebiscito: Convocatoria a la comunidad educativa por parte del Consejo Directivo para que elija una determinada acción.

- Revocatoria: Derecho del estudiante para dar por terminado el mandato que le han conferido a sus representantes legales.

- Concertar: Llegar a acuerdos.

- Currículo: Conjunto de todas las actividades que se realizan en la vida escolar.

- Valor: Cualidad que da sentido a las acciones personales y sociales.

- Actitudes: Posición asumida por el ser humano cuando expresa algo.

- Conocimiento: Noción, ciencia, sabiduría y facultades intelectuales.

- Autoestima: Valoración de sí mismo por lo que es, dice y hace.

- Competencia, Habilidad y Destreza: Capacidad y disposición para ejecutar y realizar una acción eficaz.

- Visión: Apropiación de la realidad como ser humano.

- Misión: Propósito, meta, finalidad.

- Filosofía: Forma de pensar y actuar de los seres humanos de acuerdo a su entorno.

- Disciplina: Se basa en la autonomía para la propia formación; es un elemento esencial para vivir en comunidad, además es necesaria en el crecimiento espiritual. Es el respeto por la libertad del otro. La disciplina tiene un vínculo indisoluble entre el ser y su comportamiento, entre su pensar y su actuar.

- Conducta: Son las actitudes y disposiciones de carácter para todas las circunstancias que se requieren. Es también la intencionalidad de los actos.

ARTÍCULO 3. Marco Legal Teórico. Se tiene como base la Constitución Política de Colombia de 1991 en sus artículos números: 1, 2, 15, 16, 19, 29, 41, 45, 67, 70.

En el artículo 67 de la Constitución Política Colombiana se lee: ¨La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente¨.

Entre los fines de la educación que se encuentran en la Ley 115 de 1994, artículo 5 numeral 2, se lee: ¨La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad¨.

El código del menor en su artículo número 311 se lee: ¨todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para su formación integral¨.

En el número 312 se lee: ¨Los padres o quienes tengan al menor bajo su cuidado, tienen la obligación de vincularlos a los establecimientos educativos públicos o privados, con el objeto de que reciban la educación para una formación integral¨.

En el número 315 se lee: ¨Cada establecimiento de enseñanza tendrá una Asociación de Padres de Familia del plantel¨.

En el número 313 se lee: ¨Los directores de los centros educativos velarán por la permanente asistencia del menor a su establecimiento, procurarán evitar que se presente la deserción escolar e investigarán las causas de la misma, si ésta se presentase¨.

En el número 314 se lee: ¨Para el cumplimiento del artículo anterior, el Director del establecimiento educativo citará a los padres del menor cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes¨.

En el número 316 se lee: ¨A partir del primer grado, la familia, la defensa del medio ambiente, y la instrucción cívica serán objeto prioritario de estudio en las áreas de ciencias sociales con el fin de orientar a la juventud en el verdadero sentido de los deberes familiares y de sus obligaciones como ciudadano.

PARÁGRAFO 1.- Las escuelas del Estado incorporarán en sus programas de estudio, la enseñanza en áreas que le permitan al escolar, al terminar su ciclo de educación básica, desempeñar un oficio o vincularse a labores productivas de acuerdo a la actividad laboral de la región.

PARÁGRAFO 2.- El Servicio Nacional de Aprendizaje desarrollará programas especiales para la capacitación de menores en los términos y condiciones que determine el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social¨.

En el número 317 se lee: ¨Los directores de los centros educativos organizarán programas institucionales de asesoría sicológica y programas extracurriculares con objetivos de recreación, desarrollo de actividades deportivas y uso creativo del tiempo libre por medio de organizaciones juveniles¨.

En el número 319 se lee: ¨Los Directores de los Centros Educativos públicos y privados no podrán imponer sanciones que comporten escarnio para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal.

La expulsión del alumno de un centro de educación básica o media, sea público o privado, sólo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente establecida en su reglamento y con autorización de la asociación de padres de familia del Plantel. La contravención a lo dispuesto en el presente artículo originará para el autor de la conducta una sanción de multa de treinta (30) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales diarios, impuesta a prevención por el Comisario de Familia, el Defensor de la Familia, el Alcalde Municipal o su Delegado o el Inspector de Policía. Si se trata de establecimiento público, el responsable incurrirá, además, en incumplimiento de funciones sancionable de acuerdo con las normas administrativas y disciplinarias vigentes¨.

En la Ley General de Educación 115 de 1994 en sus artículos:

Número 87: ¨Los establecimientos educativos tendrán un reglamento de convivencia, e n el cual se defina los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo¨.

Número 94: ¨En todos los establecimientos de educación básica y educación media, y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como Personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes¨.

Se construye el Manual de convivencia de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez fundamentado en la Constitución Política de Colombia de 1991, el Código del Menor, la Ley General de Educación 115 de 1994 y los fallos de la Corte Constitucional según los casos, para formar un hombre nuevo para una Colombia nueva de acuerdo a su filosofía: ¨FORJAR SERES HUMANOS ÍNTEGROS¨.

ARTÍCULO 4. Marco Ubicacional

ASPECTO GEOGRÁFICO. La institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez está ubicado en el Barrio Florencia de Medellín en la calle 118 número 70 – 42, perteneciente al Núcleo Educativo 02 – 01 y a la Comuna Noroccidental número 05 de la ciudad de Medellín.

RESEÑA HISTORICA

Sección 1:

La Escuela Monseñor Diego María Gómez Tamayo fue creada con el nombre de Escuela Municipal Nro. 4 por Acuerdo Nro 6 del 7 de febrero de 1964, por Resolución Nro. 0102 del 12 de febrero de 1973 se cambió el nombre por escuela Departamental Monseñor Diego María Gómez Tamayo, en homenaje a este célebre Pastor de la Iglesia.

La Resolución 16210 del 27 de noviembre de 2002 anexo la Escuela Monseñor Diego María Gómez Tamayo al Liceo Maestro Pedro Nel Gómez, dándole el nombre de institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez, autorizada para impartir educación formal en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media.

Sección 2:

La Institución surge como tal en el año 1982 mediante la Resolución número 20588 del Ministerio de Educación Nacional, como Segunda Agrupación de la institución Educativa Diego Echavarría Misas.

Se inició con 36 profesores y 1.256 alumnos, distribuidos en 25 grupos; atendiendo la modalidad académica, en l986 se separó del Diego y empezó a funcionar como Institución autónoma con el nombre de Idem. Maestro Pedro Nel Gómez, fue creado el bachillerato diversificado, atendiendo las modalidades de Comercio, Salud y Nutrición, Metalmecánica, Artes, Electricidad, Ebanistería, Ciencias Naturales. Los estudiantes asistieron al Casd (Centro de Servicios Docentes).

El Idem fue aprobado mediante Resolución número 09199 de Agosto 10 de 1987 hasta Nueva Visita.

Por Decreto número 2663 del 8 de julio de 1996 pasó a denominarse institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

Por Resolución 16216 del 27 de noviembre de 2002, fue creada como Institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

ARTÍCULO 5. Biografía

MAESTRO PEDRO NEL GÓMEZ

Nació en Anorí (Antioquia) el 4 de julio de 1899. Fue pintor, muralista, escultor y urbanista. Inició sus estudios de pintura en 1912 en una Institución privada; bachiller de la Universidad de Antioquia, se graduó en 1922 en la Escuela de Minas en las carreras de Ingeniería y Arquitectura. En 1925 viaja a Europa donde se nutre de todas las vertientes del arte; recorre especialmente a Holanda, Francia e Italia; en Florencia realiza sus principales estudios sobre la técnica Mural Renacentista.

Su reconocimiento es múltiple pero en especial por sus grandiosos murales que se encuentran en: el Palacio Municipal, su casa particular, la Escuela de Minas, el Banco Popular de Medellín, la Universidad de Antioquia y el Sena del Barrio Pedregal; imprimió a todas sus obras un sentido filosófico, mítico, humano, creativo y social, quedando esta situación reflejada en la frase: ¨creo que nací pintor y viví en carne propia el fresco¨.

El 15 de noviembre de 1975 se creó la fundación Casa Museo Maestro Pedro Nel Gómez con sus obras desde sus primeros trazos, hasta el seis de junio de 1984 fecha de su muerte. En el mismo año Colcultura le otorgó al Maestro la distinción ¨Aporte del Arte Nacional¨.

A través de sus obras deja un legado incalculable donde resalta los hechos más importantes que para Antioquia se tenían en ese momento como: la minería, la colonización, la construcción del ferrocarril, la construcción de represas, la industrialización, representando sus obras con gran realidad y maestría para que las futuras generaciones puedan apreciar y valorar la grandeza de su obra.

ARTÍCULO 6. Filosofía. La comunidad de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez demostrarán sus valores y aptitudes, desarrollando y perfeccionando sus destrezas, teniendo en cuenta las exigencias, conocimientos, habilidades y comportamientos que influyen en la educación personal, familiar y social. El alumno será protagonista de su formación mediante un proceso de socialización y culturización que lo integren activamente a la sociedad en la cual le corresponda interactuar.

ARTÍCULO 7. Visión: La institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez brinda una educación humana y de conocimiento, a través de una labor comunitaria de los diferentes agentes educativos para formar ciudadanos íntegros que atiendan a los cambios permanentes de la realidad científica, técnica y tecnológica pudiendo responder adecuadamente a una sociedad cambiante, cada vez más exigente con el fin de lograr la mejor calidad de vida.

ARTÍCULO 8. Misión: La institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez tiene como misión dar una formación integral partiendo del eje ¨PENSAR POR SÍ MISMO¨.

ARTÍCULO 9. Fines de la educación: De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y del artículo 5 de la Ley General de Educación de 1994, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

- El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le impone el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

- La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos tales como los principios de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad, equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

- La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.

- La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

- La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

- El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

- El acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

- La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.

- El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

- La adquisición de conciencia para la conservación, protección, mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica, defensa del patrimonio cultural de la Nación.

- La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades así como en la valoración de sí mismo como fundamento del desarrollo individual social.

- La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral que socialmente es relevante; la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

ARTÍCULO 10. Objetivos de la Educación

- Formar la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes.

- Proporcionar una sólida formación ética y moral y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos.

- Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y responsabilidad.

- Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable.

- Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.

- Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.

9.2 De la presentación del Manual de Convivencia.


ARTÍCULO 11. El Manual de convivencia de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez es una guía que da los elementos para convivir en participación pluralista y democrática, propiciando un ambiente de cambio y transformación con solidaridad, fraternidad y honestidad, en estrecha relación con el entorno social al cual pertenece para ¨FORJAR SERES HUMANOS ÍNTEGROS¨.

ARTÍCULO 12. Nuestro lema: FORJAR SERES HUMANOS ÍNTEGROS.

ARTÍCULO 13. Objetivos del Manual de convivencia:

- Orientar a la comunidad educativa hacia una convivencia pacífica para que juzgue con criterio ético las acciones y esfuerzos tendientes a apoyar la verdad, la justicia y la solidaridad.

- Propiciar en el estudiante de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez las competencias críticas, reflexivas y analíticas para crear, investigar y adoptar los avances técnicos y tecnológicos en la participación de la búsqueda de alternativas y soluciones de los problemas personales, familiares y sociales.

9.3 De la comunidad Educativa de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.


ARTÍCULO 14. Perfil del Alumno.

- Se reconoce, se acepta y es dueño de sí mismo.

- Es capaz de vivir y trabajar en equipo mostrando sensibilidad a las necesidades de los otros.

- Ama y protege la naturaleza como patrimonio común de la humanidad.

- Demuestra competitividad en resolver problemas en las áreas académicas y en la vida cotidiana.

ARTÍCULO 15. Perfil del Docente.

- Se reconoce como persona y se valora.

- Es seguro y auténtico, capaz de transmitir valores y de dar ejemplo de vida.

- Trabaja en equipo con unidad de criterios respetando las diferencias individuales.

- Manifiesta sentido de pertenencia por la Institución.

- Orienta el conocimiento acorde con el momento histórico que se vive.

- Es agente de cambio y se actualiza.

- Es Creador de nuevos elementos pedagógicos.

ARTÍCULO 16. Perfil del Padre de Familia.

- Estar claramente identificado con la Institución, con su filosofía, su proyecto formativo y su manual de convivencia.

- Tener disponibilidad y compromiso para atender los llamados que se le hagan de parte de la Institución.

- Dar aportes para el desarrollo de las diferentes actividades programadas por la Institución.

- Demostrar sentido de pertenencia con la Institución.

ARTÍCULO 17. Derechos de los Estudiantes.

Derechos de comportamiento y mutuo respeto para los Estudiantes:

- Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión.

- El respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas, ideológicas, sin que haya perjuicio del bien común.

- Una formación integral en valores con el sentido del bien común.

- Participar directamente y a través de representantes elegidos democráticamente en los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo. Elegir y ser elegidos por dicho organismo.

- A que los educadores sean equilibrados y justos respetando el ritmo personal y la individualidad.

- Respetar y ser respetado por los vecinos del Liceo.

- Solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del Plantel, cuando existan causas justificadas.

- Recibir el carnet estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel.

- Conocer el Manual de Convivencia, su Hoja de Vida, su Debido Proceso y su evaluación oportuna.

- Disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en el lugar y tiempos disponibles para ello.

- Solicitar y recibir orientación y acompañamiento del director de grupo y profesores, sobre aspectos relacionados con su formación integral.

ARTÍCULO 18. Derechos en la actividad académica:

- Ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes e igualmente conocer los resultados de todo el proceso evaluativo. Recibir argumentación válida.

- Conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros de cada área y una programación dosificada de talleres, trabajos, actividades y evaluaciones.

- Obtener el título de bachiller concedido por la Institución al cumplir los requisitos exigidos por la Legislación vigente.

- Solicitar oportunamente la corrección de notas erróneas.

- Tener profesores idóneos, responsables y comprometidos con una formación académica.

ARTÍCULO 19. Derechos de presentación e higiene personal.

El cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente, el respeto por la salud, cuidado propio y ajeno, permitirá disfrutar de un ambiente sano, limpio y organizado.

ARTÍCULO 20. Derechos para el uso de recursos y otros servicios, bienes y equipos.

- Utilizar adecuadamente las instalaciones y con responsabilidad los recursos que ofrece la Institución de acuerdo con la organización estipulada.

- Disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo con las exigencias de cada caso.

ARTÍCULO 21. Deberes de los estudiantes.

Deberes de comportamiento y mutuo respeto.

Los alumnos deben:

- Conocer y cumplir el contenido del Manual de convivencia.

- Asistir puntualmente a clase y demás actividades programadas por la Institución.

- Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad educativa, evitando bromas de mal gusto, apodos y burlas.

- Evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar y seguridad de la comunidad educativa, la estructura y los bienes muebles e inmuebles.

- Respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.

- Asistir al plantel evitando las llegadas tarde.

- Evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o a la Institución.

- Conservar el carnet, uniformes, certificados y comunicados que expida la Institución sobre el informe académico, comportamental o de otra índole.

- No comprometerse con actividades delictivas, tales como: atraco, secuestro, sicariato, corrupción de menores, robo, chantaje, expendio y uso de drogas.

ARTÍCULO 22. Deberes para la actividad académica.

- Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada uno de las asignaturas.

- Procurar la mayor armonía y espíritu de compañerismo para generar un buen clima de seriedad, trabajo en clase y demás actividades complementarias.

- Cumplir con los compromisos hechos a raíz de la insuficiencia de logros.

- Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada académica e ingresar puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores escolares.

- Cumplir con el servicio social del estudiantado y vigías de la salud según Decreto 431 de 1997 y la Ley 115 de 1994.

ARTÍCULO 23. Deberes de presentación personal dentro de la institución:

- Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, licores, armas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física y mental propia o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

- No consumir, vender o traficar con cigarrillos o droga dentro de la Institución.

- Asistir con el uniforme completo tanto de diario como el de educación física, conforme con las exigencias del plantel.

- Evitar comer en clase o en cualquier acto de tipo formativo. Traer sustancias explosivas que incomoden o perturben la comunidad educativa.

- Conservar la presentación personal con naturalidad, limpieza y orden, sin exagerar en el motilado (hombre), en el uso de modas, joyas y accesorios no acordes con el uniforme.

- Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales, y los bienes muebles e inmuebles.

- Propiciar una atmósfera de aseo, agrado y urbanidad, evitando todo aquello que contamine el medio ambiente para gozar de un espacio agradable y estético.

ARTÍCULO 24. Deberes para el uso de recursos y otros servicios, bienes, equipos e instalaciones:

- Evitar hacer uso de cafetería, secretaría, implementos y espacios deportivos y otros en horas de clase sin autorización.

- Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones del Liceo.

- Al terminar el año escolar entregar en buenas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas y deportivas.

- Responsabilizarse de los objetos personales.

- Utilizar correctamente la biblioteca escolar, la cafetería, el restaurante escolar, los baños, los implementos deportivos, las ayudas audiovisuales y didácticas.

ARTÍCULO 25. Derechos de los docentes.

- Formar asociaciones sindicales con capacidad legal.

- Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.

- Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes.

- No ser discriminados por la razón de creencias políticas o religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.

- Permanecer en el servicio docente y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con las normas y procedimientos que se establecen en las Leyes y Decretos de los Docentes.

- Recibir un trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Elegir y ser elegido democráticamente en los estamentos donde el docente tenga representatividad.

ARTÍCULO 26. Deberes de los docentes:

- Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.

- Dar un trato cortés a toda la comunidad educativa, compartiendo las tareas con responsabilidad y solidaridad.

- Velar por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles y enseres que le sean confiados.

- Inculcar en los estudiantes el amor por los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios.

- Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo, con relación a los estudiantes y demás personal de la comunidad educativa.

- Solucionar los problemas o dificultades académicas y disciplinarias siguiendo los conductos regulares definidos en el Manual de Convivencia.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 27. Derechos de los padres de familia:

- Participar en las labores que lo requieran en igualdad de condiciones, cuando de decidir se trate, tendrá voz y voto.

- Ser elegido para hacer parte de: la Asociación de padres de familia, el comité de planeación o evaluación institucional, el Consejo Directivo y el Consejo de Padres.

- A ser escuchado en sus sugerencias o planteamiento para mejorar la Institución y la educación de sus hijos.

- A recibir información directa sobre la asistencia, comportamiento de sus hijos, así como sobre la marcha de la institución.

- A que se le informe sobre rendimiento académico de sus hijos.

- Recibir un trato respetuoso de los educadores, directivos, administrativos, estudiantes y demás miembros de la comunidad.

- Recibir estímulo por parte de los estamentos de la Institución.

- Recibir informes sobre las actividades por realizar y realizadas al igual que del funcionamiento institucional.

- A contribuir solidariamente con la institución educativa en la formación de sus hijos.

ARTÍCULO 28. Deberes de los padres de familia:

- Velar porque sus hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico, intelectual, moral y social.

- Velar por el buen comportamiento de sus hijos dentro y fuera del establecimiento.

- Propiciar a sus hijos implementos necesarios para el cumplimiento de su deber.

- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias citadas por la Institución.

- Enviar a sus hijos puntualmente al establecimiento.

- Participar activamente en las actividades de la Asociación de Padres de Familia, la Escuela de Padres, el Consejo de Padres o el Consejo Directivo.

- Colaborar con el Plantel en todo lo que concierne a la formación académica y moral de los estudiantes, lo mismo que a todo lo que atañe al bienestar del establecimiento.

- Seguir el debido proceso en los reclamos y solicitudes a directivas, docentes o demás personas que tengan que ver en la solución de problemas.

- Colaborar en la búsqueda de recursos físicos y económicos para la Institución. Cada establecimiento de enseñanza tendrá una asociación de padres de familia según el artículo 315 del Código del Menor.

- Velar por la salud, alimentación, vestuario y educación de sus hijos.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 29. Derechos del personal administrativo y de servicio:

- A que conozcan el debido proceso por el incumplimiento a las normas establecidas a quien se le lleve el caso.

- A recibir un trato respetuoso por parte de directivos, docentes, estudiantes, padres de familia y comunidad en general.

- A ser estimulado por su buen desempeño.

- A que se le concedan permisos y licencias.

- A recibir la remuneración económica oportunamente.

ARTÍCULO 30. Deberes del personal administrativo y de servicios:

- Dar trato respetuoso a compañeros, educadores, estudiantes y demás miembros de la comunidad.

- Desempeñar con eficiencia, respeto e imparcialidad las funciones propias de su cargo.

- Guardar la reserva que requieren los asuntos relacionados con su trabajo.

- Responder por la conservación de bienes confiados a su inventario.

- Acatar las sugerencias que van en pro de la Institución.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 31. Normas para el funcionamiento de otros servicios.

- La Biblioteca tendrá un servicio para el personal de la Institución de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

- Los estudiantes deberán presentarse con el uniforme de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez y el carnet para realizar sus trabajos de investigación.

- La tienda escolar deberá ceñirse al horario de trabajo estipulado por la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

- Los alimentos y bebidas deberán tener un buen balance nutritivo, al igual que una variación adecuada.

- Acatar las normas de higiene en la elaboración, manipulación y presentación de los alimentos.

- Dar un buen trato a los usuarios.

- Exhibir los precios de los artículos para el consumo diariamente.

ARTÍCULO 32. Del debido proceso.

Cuando se ha incurrido en la infracción de alguno de los deberes, derechos y/o prohibiciones se debe llevar con el estudiante el debido proceso, el cual consta de:

- Correctivos pedagógicos.

- Contrato pedagógico.

- Amonestación verbal.

- Amonestación escrita.

- Desescolarización.

- Suspensión del ingreso a la Institución.

- Cancelación de la matrícula.

Cada uno de los pasos cuenta con términos, y con los recursos de apelación, reposición y queja.

ARTÍCULO 33. Autoridad competente.

Los correctivos pedagógicos los efectúan los docentes u otro miembro de la comunidad educativa. El contrato pedagógico lo efectúa el educador que evidencie una conducta inadecuada reiteradamente.

La amonestación verbal, la realiza el profesor que evidencie una conducta inadecuada en un estudiante, este tiene el derecho de utilizar el recurso de reposición ante el mismo educador. Si es ratificada la sanción podrá presentar recurso de apelación ante el coordinador(a), si de nuevo es ratificada, puede presentar el recurso de queja ante el rector. Todo el proceso debe estar acompañado del coordinador y vigilado por el Personero de los estudiantes.

La amonestación escrita es aplicada por el funcionario que lleva el proceso siguiendo los mismos mecanismos de la primera sanción, términos y recursos teniendo en cuenta lo que plantea el Código Contencioso Administrativo El Título 2, Capítulo 1, Artículo 50.

La desescolarización, la suspensión del ingreso a la Institución y la cancelación de Matrícula son competencia del Consejo Directivo con el aval de la Asociación de Padres de Familia y aplicada por el rector mediante Resolución motivada.