martes, 6 de enero de 2009

9.3 De la comunidad Educativa de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.


ARTÍCULO 14. Perfil del Alumno.

- Se reconoce, se acepta y es dueño de sí mismo.

- Es capaz de vivir y trabajar en equipo mostrando sensibilidad a las necesidades de los otros.

- Ama y protege la naturaleza como patrimonio común de la humanidad.

- Demuestra competitividad en resolver problemas en las áreas académicas y en la vida cotidiana.

ARTÍCULO 15. Perfil del Docente.

- Se reconoce como persona y se valora.

- Es seguro y auténtico, capaz de transmitir valores y de dar ejemplo de vida.

- Trabaja en equipo con unidad de criterios respetando las diferencias individuales.

- Manifiesta sentido de pertenencia por la Institución.

- Orienta el conocimiento acorde con el momento histórico que se vive.

- Es agente de cambio y se actualiza.

- Es Creador de nuevos elementos pedagógicos.

ARTÍCULO 16. Perfil del Padre de Familia.

- Estar claramente identificado con la Institución, con su filosofía, su proyecto formativo y su manual de convivencia.

- Tener disponibilidad y compromiso para atender los llamados que se le hagan de parte de la Institución.

- Dar aportes para el desarrollo de las diferentes actividades programadas por la Institución.

- Demostrar sentido de pertenencia con la Institución.

ARTÍCULO 17. Derechos de los Estudiantes.

Derechos de comportamiento y mutuo respeto para los Estudiantes:

- Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión.

- El respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas, ideológicas, sin que haya perjuicio del bien común.

- Una formación integral en valores con el sentido del bien común.

- Participar directamente y a través de representantes elegidos democráticamente en los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo. Elegir y ser elegidos por dicho organismo.

- A que los educadores sean equilibrados y justos respetando el ritmo personal y la individualidad.

- Respetar y ser respetado por los vecinos del Liceo.

- Solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del Plantel, cuando existan causas justificadas.

- Recibir el carnet estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel.

- Conocer el Manual de Convivencia, su Hoja de Vida, su Debido Proceso y su evaluación oportuna.

- Disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en el lugar y tiempos disponibles para ello.

- Solicitar y recibir orientación y acompañamiento del director de grupo y profesores, sobre aspectos relacionados con su formación integral.

ARTÍCULO 18. Derechos en la actividad académica:

- Ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes e igualmente conocer los resultados de todo el proceso evaluativo. Recibir argumentación válida.

- Conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros de cada área y una programación dosificada de talleres, trabajos, actividades y evaluaciones.

- Obtener el título de bachiller concedido por la Institución al cumplir los requisitos exigidos por la Legislación vigente.

- Solicitar oportunamente la corrección de notas erróneas.

- Tener profesores idóneos, responsables y comprometidos con una formación académica.

ARTÍCULO 19. Derechos de presentación e higiene personal.

El cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente, el respeto por la salud, cuidado propio y ajeno, permitirá disfrutar de un ambiente sano, limpio y organizado.

ARTÍCULO 20. Derechos para el uso de recursos y otros servicios, bienes y equipos.

- Utilizar adecuadamente las instalaciones y con responsabilidad los recursos que ofrece la Institución de acuerdo con la organización estipulada.

- Disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo con las exigencias de cada caso.

ARTÍCULO 21. Deberes de los estudiantes.

Deberes de comportamiento y mutuo respeto.

Los alumnos deben:

- Conocer y cumplir el contenido del Manual de convivencia.

- Asistir puntualmente a clase y demás actividades programadas por la Institución.

- Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad educativa, evitando bromas de mal gusto, apodos y burlas.

- Evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar y seguridad de la comunidad educativa, la estructura y los bienes muebles e inmuebles.

- Respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.

- Asistir al plantel evitando las llegadas tarde.

- Evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o a la Institución.

- Conservar el carnet, uniformes, certificados y comunicados que expida la Institución sobre el informe académico, comportamental o de otra índole.

- No comprometerse con actividades delictivas, tales como: atraco, secuestro, sicariato, corrupción de menores, robo, chantaje, expendio y uso de drogas.

ARTÍCULO 22. Deberes para la actividad académica.

- Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada uno de las asignaturas.

- Procurar la mayor armonía y espíritu de compañerismo para generar un buen clima de seriedad, trabajo en clase y demás actividades complementarias.

- Cumplir con los compromisos hechos a raíz de la insuficiencia de logros.

- Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada académica e ingresar puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores escolares.

- Cumplir con el servicio social del estudiantado y vigías de la salud según Decreto 431 de 1997 y la Ley 115 de 1994.

ARTÍCULO 23. Deberes de presentación personal dentro de la institución:

- Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, licores, armas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física y mental propia o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

- No consumir, vender o traficar con cigarrillos o droga dentro de la Institución.

- Asistir con el uniforme completo tanto de diario como el de educación física, conforme con las exigencias del plantel.

- Evitar comer en clase o en cualquier acto de tipo formativo. Traer sustancias explosivas que incomoden o perturben la comunidad educativa.

- Conservar la presentación personal con naturalidad, limpieza y orden, sin exagerar en el motilado (hombre), en el uso de modas, joyas y accesorios no acordes con el uniforme.

- Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales, y los bienes muebles e inmuebles.

- Propiciar una atmósfera de aseo, agrado y urbanidad, evitando todo aquello que contamine el medio ambiente para gozar de un espacio agradable y estético.

ARTÍCULO 24. Deberes para el uso de recursos y otros servicios, bienes, equipos e instalaciones:

- Evitar hacer uso de cafetería, secretaría, implementos y espacios deportivos y otros en horas de clase sin autorización.

- Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones del Liceo.

- Al terminar el año escolar entregar en buenas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas y deportivas.

- Responsabilizarse de los objetos personales.

- Utilizar correctamente la biblioteca escolar, la cafetería, el restaurante escolar, los baños, los implementos deportivos, las ayudas audiovisuales y didácticas.

ARTÍCULO 25. Derechos de los docentes.

- Formar asociaciones sindicales con capacidad legal.

- Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.

- Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes.

- No ser discriminados por la razón de creencias políticas o religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.

- Permanecer en el servicio docente y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con las normas y procedimientos que se establecen en las Leyes y Decretos de los Docentes.

- Recibir un trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Elegir y ser elegido democráticamente en los estamentos donde el docente tenga representatividad.

ARTÍCULO 26. Deberes de los docentes:

- Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.

- Dar un trato cortés a toda la comunidad educativa, compartiendo las tareas con responsabilidad y solidaridad.

- Velar por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles y enseres que le sean confiados.

- Inculcar en los estudiantes el amor por los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios.

- Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo, con relación a los estudiantes y demás personal de la comunidad educativa.

- Solucionar los problemas o dificultades académicas y disciplinarias siguiendo los conductos regulares definidos en el Manual de Convivencia.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 27. Derechos de los padres de familia:

- Participar en las labores que lo requieran en igualdad de condiciones, cuando de decidir se trate, tendrá voz y voto.

- Ser elegido para hacer parte de: la Asociación de padres de familia, el comité de planeación o evaluación institucional, el Consejo Directivo y el Consejo de Padres.

- A ser escuchado en sus sugerencias o planteamiento para mejorar la Institución y la educación de sus hijos.

- A recibir información directa sobre la asistencia, comportamiento de sus hijos, así como sobre la marcha de la institución.

- A que se le informe sobre rendimiento académico de sus hijos.

- Recibir un trato respetuoso de los educadores, directivos, administrativos, estudiantes y demás miembros de la comunidad.

- Recibir estímulo por parte de los estamentos de la Institución.

- Recibir informes sobre las actividades por realizar y realizadas al igual que del funcionamiento institucional.

- A contribuir solidariamente con la institución educativa en la formación de sus hijos.

ARTÍCULO 28. Deberes de los padres de familia:

- Velar porque sus hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico, intelectual, moral y social.

- Velar por el buen comportamiento de sus hijos dentro y fuera del establecimiento.

- Propiciar a sus hijos implementos necesarios para el cumplimiento de su deber.

- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias citadas por la Institución.

- Enviar a sus hijos puntualmente al establecimiento.

- Participar activamente en las actividades de la Asociación de Padres de Familia, la Escuela de Padres, el Consejo de Padres o el Consejo Directivo.

- Colaborar con el Plantel en todo lo que concierne a la formación académica y moral de los estudiantes, lo mismo que a todo lo que atañe al bienestar del establecimiento.

- Seguir el debido proceso en los reclamos y solicitudes a directivas, docentes o demás personas que tengan que ver en la solución de problemas.

- Colaborar en la búsqueda de recursos físicos y económicos para la Institución. Cada establecimiento de enseñanza tendrá una asociación de padres de familia según el artículo 315 del Código del Menor.

- Velar por la salud, alimentación, vestuario y educación de sus hijos.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 29. Derechos del personal administrativo y de servicio:

- A que conozcan el debido proceso por el incumplimiento a las normas establecidas a quien se le lleve el caso.

- A recibir un trato respetuoso por parte de directivos, docentes, estudiantes, padres de familia y comunidad en general.

- A ser estimulado por su buen desempeño.

- A que se le concedan permisos y licencias.

- A recibir la remuneración económica oportunamente.

ARTÍCULO 30. Deberes del personal administrativo y de servicios:

- Dar trato respetuoso a compañeros, educadores, estudiantes y demás miembros de la comunidad.

- Desempeñar con eficiencia, respeto e imparcialidad las funciones propias de su cargo.

- Guardar la reserva que requieren los asuntos relacionados con su trabajo.

- Responder por la conservación de bienes confiados a su inventario.

- Acatar las sugerencias que van en pro de la Institución.

- Actuar con unidad de propósitos.

ARTÍCULO 31. Normas para el funcionamiento de otros servicios.

- La Biblioteca tendrá un servicio para el personal de la Institución de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

- Los estudiantes deberán presentarse con el uniforme de la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez y el carnet para realizar sus trabajos de investigación.

- La tienda escolar deberá ceñirse al horario de trabajo estipulado por la institución Educativa Maestro Pedro Nel Gómez.

- Los alimentos y bebidas deberán tener un buen balance nutritivo, al igual que una variación adecuada.

- Acatar las normas de higiene en la elaboración, manipulación y presentación de los alimentos.

- Dar un buen trato a los usuarios.

- Exhibir los precios de los artículos para el consumo diariamente.

ARTÍCULO 32. Del debido proceso.

Cuando se ha incurrido en la infracción de alguno de los deberes, derechos y/o prohibiciones se debe llevar con el estudiante el debido proceso, el cual consta de:

- Correctivos pedagógicos.

- Contrato pedagógico.

- Amonestación verbal.

- Amonestación escrita.

- Desescolarización.

- Suspensión del ingreso a la Institución.

- Cancelación de la matrícula.

Cada uno de los pasos cuenta con términos, y con los recursos de apelación, reposición y queja.

ARTÍCULO 33. Autoridad competente.

Los correctivos pedagógicos los efectúan los docentes u otro miembro de la comunidad educativa. El contrato pedagógico lo efectúa el educador que evidencie una conducta inadecuada reiteradamente.

La amonestación verbal, la realiza el profesor que evidencie una conducta inadecuada en un estudiante, este tiene el derecho de utilizar el recurso de reposición ante el mismo educador. Si es ratificada la sanción podrá presentar recurso de apelación ante el coordinador(a), si de nuevo es ratificada, puede presentar el recurso de queja ante el rector. Todo el proceso debe estar acompañado del coordinador y vigilado por el Personero de los estudiantes.

La amonestación escrita es aplicada por el funcionario que lleva el proceso siguiendo los mismos mecanismos de la primera sanción, términos y recursos teniendo en cuenta lo que plantea el Código Contencioso Administrativo El Título 2, Capítulo 1, Artículo 50.

La desescolarización, la suspensión del ingreso a la Institución y la cancelación de Matrícula son competencia del Consejo Directivo con el aval de la Asociación de Padres de Familia y aplicada por el rector mediante Resolución motivada.

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