11.10 Del Fiscal.
ARTÍCULO 25º. Son funciones del Fiscal:
- Controlar el buen empleo de los fondos de
- Rendir informe a
- Revisar el inventario del conjunto de los bienes de
- Autorizar los documentos de Tesorería junto con el Presidente y el Tesorero de
- Denunciar cualquier anomalía en relación con el manejo de los fondos de
- Vigilar el cumplimiento de los presentes estatutos por parte de
- Estará facultado para iniciar cualquier investigación que considere procedente para establecer los hechos, conducta o circunstancia, que puedan lesionar o perjudicar no sólo funcionamiento adecuado de
- El Fiscal, como máximo funcionario fiscalizador, tendrá libre acceso a los libros, documentos, informaciones, cuenta bancaria y demás atinente a
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