ARTÍCULO 59. Estímulos.
Se eximen del pago de servicios complementarios a dos alumnos de cada grupo por su excelente comportamiento y buen rendimiento académico.
ARTÍCULO 60. Reconocimiento a hechos destacados en la vida Institucional.
Semestralmente se otorgará reconocimiento, así:
Se resaltarán los acontecimientos que la comunidad educativa considere necesarios por su aporte significativo al desarrollo institucional.
Se podrán postular alumnos, educadores, padres de familia u otros miembros de la comunidad educativa.
La postulación la realizarán los diferentes miembros de la comunidad educativa a través del Consejo de Estudiantes, Consejo de Padres, Asociación de Padres de Familia, Asamblea de Docentes y exalumnos.
La postulación puede hacerse individual o grupal. Se efectuará en reunión de estamentos en mayo y en octubre.
Los aspectos que serán destacados dentro de la comunidad educativa, son:
Comportamiento
Rendimiento académico
Participación deportiva
Participación Cultural
Acciones cívicas
Aporte intelectual y académico
Aporte en bienes y servicios.
ARTÍCULO 61. Instrumentos de reconocimiento:
Mención en público
Comunicación escrita
Diplomas
Salidas pedagógicas
Placas
Trofeos
Becas.
El Consejo Directo emitirá el respectivo acto administrativo para otorgar el reconocimiento.
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