martes, 6 de enero de 2009

CAPÍTULO III


11.3 GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN:

ARTÍCULO 8º. El Gobierno de la Asociación de Padres de Familia lo constituyen:

- La Asamblea General de la Asociación, máxima autoridad de la Asociación.

- La Junta Directiva, nombrada por la Asamblea General para períodos de un año, reelegible por otro período, más no por un tercero consecutivo.

La Junta Directiva será elegida por asamblea General de Padres de Familia o Acudientes.

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